El pasado 26 de septiembre de 2017 se aprobó la convocatoria de ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2017.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónoma que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA).
- Cumplir, dentro del año natural de la Resolución de convocatoria, un período de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años interrumpidos.
- Desarrollar su actividad económica a título lucrativo, de forma habitual, personal y directa en la Comunitat Valenciana.
- No tener personas trabajadoras a su cargo contratadas por cuenta ajena.
- Tener cumplidos 19 años de edad en la fecha de publicación de la Resolución de convocatoria en el DOGV.
No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 3 y 20 de las bases reguladoras.
Cuantía de las ayudas para autónomos
La cuantía de la subvención para autónomos ascenderá a la suma de las cuotas mensuales que la persona beneficiaria debería abonar al RETA durante el año natural en que se conceda aquella, en el importe correspondiente a la base mínima de cotización como autónoma en atención a su edad, limitada al período en el que se cumpla el requisito de antigüedad establecido en el artículo 19.2 de las bases reguladoras.
En dicha cuantía no se incluirá la cantidad correspondiente a la protección por incapacidad temporal, la cotización al sistema específico de protección por cese de actividad, la cotización por contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional correspondiente al tramo de edad en que se encuentre la persona solicitante.
La cuantía de la subvención en ningún caso podrá ser igual o superior a 3.000 euros anuales.
La subvención se destinará a la financiación de los gastos fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social.
¿Cuándo solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para autónomos será de DIEZ días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación que fue el pasado 26/09/2017.
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